Anarquia

ANARQUISTA ES, POR DEFINICIÓN, QUIEN NO QUIERE ESTAR OPRIMIDX Y NO QUIERE OPRIMIR; QUIEN QUIERE EL MÁXIMO BIENESTAR, LA MÁXIMA LIBERTAD, EL MÁXIMO DESARROLLO POSIBLE PARA TODOS LOS SERES HUMANOS.

sábado, 30 de julio de 2011

SOBRE LA REFORMA A LA LEY 30 DE 1992. ANALISIS PARA UNA COMPRENSION MÁS OBJETIVA.

SOBRE LA REFORMA A LA LEY 30 DE 1992. ANALISIS PARA UNA COMPRENSION MÁS OBJETIVA. (Click aca para ver el texto completo)

Saludos en general a cualquier persona que este leyendo lo presente.

Este documento, tiene por objetivo primordial y principal servir como una herramienta útil y de uso sencillo para poder comprender exactamente qué es, qué busca y por qué hay que oponerse a la Reforma de la Ley 30 de 1992, la cual regula la Educación Superior en Colombia. Este proyecto fue presentado al Senado de la Republica el día 12 de abril de 2010, con radicado numero 237, por la entonces Ministra de Educación del Gobierno de Álvaro Uribe Vélez, Cecilia María Vélez White, y será presentado oficialmente ante la legislatura que inicia el 20 de julio de este año, por lo cual el texto final se presume será entregado el día 14 y puede contener algunos cambios con respecto a lo consignado en el presente documento.

UN POCO DE HISTORIA

Como algún@s podrán recordar, la década de los 80 fue de las más convulsas en Colombia. La Guerra de las Drogas contra Pablo Escobar trasformo radicalmente al país en aspectos de toda clase. Fruto de estas convulsiones, se vio la necesidad de trasformar la constitución, pensada en el final del siglo XIX y fuertemente centralista, que era ineficaz y obsoleta ante la realidad de un país que siempre ha orbitado en una idea federalista. Con el movimiento estudiantil Séptima papeleta, se dio el campanazo para la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente que finalmente dio sanción a la Actual Constitución, que cumplió 20 años de haber sido promulgada hace pocos días.

Dicha constitución reconoció derechos nuevos, protegió nuevas libertades y creo nuevos mecanismos para acceder a derechos, como la Tutela y el Derecho de Petición. Igualmente indico la necesidad de crear leyes para reglamentar aspectos tan vitales como la salud, la educación y las telecomunicaciones.

Sin embargo, lo hecho con la mano se deshace con el codo. En materia de telecomunicaciones, se feria y reparte a TELECOM y se sientan las bases para debilitar a la ETB; en materia de salud, se crea la lesiva ley 100 de 1993, cuyo ponente fue nadie menos que Álvaro Uribe Vélez; y en materia de educación se sanciona la Ley 30 de 1992.

Ahora, casi veinte años después, se pretende reformar una ley que ya de por si era lesiva al condenar a la educación a la calidad de cenicienta mendicante, a una calidad aun más baja: herramienta servil al servicio del Gran Capital.

¿PERO… CUAL ES EL MEOLLO DEL ASUNTO?

En principio, debemos anotar que NO es la primera intención de reformar a la Ley 30. Buscando en el portal Congresovisible.com encontramos que ya en fecha tan tempranera como 2006 se presentaron algunos proyectos de modificación. Sin embargo, el proyecto más carnudo, antesala del 237/10 es aun más antiguo.

Este proyecto, de 1998, pretendía lo siguiente: El Proyecto tiene como objeto nivelar a las instituciones que imparten educación superior en Colombia, al equiparar instituciones que imparten diferentes tipos de formación académica, eliminando la confusa división actual entre instituciones que expiden un título profesional universitario y otras, como las Técnicas Profesionales y las Tecnológicas, que tienen que circunscribirse a los títulos de Técnicas Profesionales de Tecnológico, para enmendar las desventajas en materia económica y académica a la que tienen que enfrentarse miles de estudiantes de formación Técnica y Tecnológica. Este proyecto, la reforma más ambiciosa que llego a la legislatura en aquella época, naufrago en silencio.

El estado, en medio de su ímpetu neoliberal y paramilitarista, decidió también entrar a molestar con la educación.

El punto más dañino, es la creación planteada de universidades con ánimo de lucro. El capitulo cuatro de la ley quedaría hablando de las Instituciones de educación superior privadas y mixtas, explicando en el artículo 32 que pueden ser sociedades anónimas y además “Constituida la sociedad podrá recibir nuevos inversionistas, repartir dividendos, y vender acciones de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos y en la ley.” Analicemos un poquitín esto. Significa en la práctica una cosa simple: que la educación pasa de ser un derecho a ser una mercancía que puede ser puesta en Bolsa de valores. Igualmente, que la educación y las universidades deben de dar beneficios económicos. La educación pasa de ser un derecho fundamental a un bien negociable en el mercado de capitales, al convertirse en un servicio manejado por particulares avalado por el estado, lo cual demuestra como la figura estatal no es coherente con las necesidades sociales.

Para este adefesio han presentado dos argumentos. “Uno, oficial: atraer inversión privada para aumentar el acceso, la permanencia y la graduación con calidad, en el sistema de Educación Superior, para millones de jóvenes que hoy no acceden a él. El otro es no oficial: “Sincerémonos. Ya hay muchas Instituciones de Educación Superior (IES) con ánimo de lucro. Pongámoslas, al menos, a pagar impuestos. Analicemos muy detenidamente que quiere decir este cambio fundamental. En Estados Unidos, esta clase de instituciones educativas se conoce como For-profit school, es decir, Universidad por Lucro, literalmente. Las FPS son de dos clases: las EMO (educational management organization), que básicamente son fondos económicos que trabajan con escuelas públicas y financian sus operaciones. Es decir, en los Estados Unidos una EMO consiste en el modelo de Colegios Públicos Concesionados que nos lego la administración ...

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Salud
Aryeh Ze’ev ben Abraham
Unión Libertaria Estudiantil (ULE) Cundinamarca

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